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Nuevas tasas de interés aplicables a tributos administrados

El día de ayer, la SUNAT ha publicado la Resolución de Superintendencia No. 066-2020/SUNAT, a través de la cual, se dispone reducir las tasas de interés aplicables a los tributos administrados y/o recaudados por la administración tributaria, dentro del contexto del régimen de emergencia. A continuacion detallamos los aspectos más relevantes:

Reducción de la Tasa de Interés Moratorio - TIM: i) 1% mensual para deudas tributarias en moneda nacional. ii) 0.50% mensual para deudas tributarias en moneda extranjera. Reduccion de la Tasa de interés de devolución por pagos indebidos o en exceso: i) 0.42% mensual, para devoluciones en moneda nacional y ii) 0.25% mensual, para devoluciones en moneda extranjera. Respecto de las las retenciones y percepciones del Impuesto General a las Ventas no aplicadas, la tasa se mantiene lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia No. 296-2011/SUNAT (1.2% mensual). Las tasas anteriormente mencionadas, se encontraran en vigenciaa partir del 01 de abril de 2020.

En caso requiera asesoría para procedimientos de esta naturaleza y, en general, para el cumplimiento de nomatividad empresarial, puede contactarnos al siguiente correo electrónico: contacto@estudiosanabria.com.

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