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Gobierno modifica Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha publicado el día de hoy el Decreto Supremo Nº 181-2019-EF, que modifica el ISC, aplicable a la cerveza, el tabaco y los automóviles.


De esta manera, el MEF varía -nuevamente- las tasas para categorías donde se encuentran productos como la cerveza sin alcohol, agua, vehículos a motor o cigarros.


Dentro de los puntos más relevantes, se observan los siguientes:


  • ​En la lista de productos afectos a la tasa del 0%, se incluyen a solo vehículos automóviles nuevos ensamblados concebidos principalmente para el transporte de personas: que exclusivamente utilizan gasolina y gas, diésel y/o semidiésel y gas, como combustible.

  • En el caso del tabaco, se gravan todas las partidas de tabaco, incluyendo los productos de tabaco calentado, los cuales serán gravados con S/0,27 por unidad, un nivel similar al aplicado a los cigarrillos comunes. de la misma forma. se consideran otros productos de tabaco diseñados para consumo humano, a los cuales se les aplicará un ISC de 50% del valor.

  • Se ha modificado tambien la lista de productos afectos a la tasa del 17%., incluyendo al agua (mineral y gaseada), con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizada, con un contenido de azúcares totales superior a 0,5 g/100 ml pero inferior a 6 g/100 ml.

  • También se incluye en esta categoría a la cerveza sin alcohol, con un contenido de azúcares totales superior a 0,5 g/100 ml pero inferior a 6 g/100 ml. y a las demás bebidas no alcohólicas, con un contenido de azúcares totales superior a 0,5 g/100 ml pero inferior a 6 g/100 ml., con excepcion de aquellas relacionadas a la industria farmacéutica.

En caso de requerir asesoría para procedimientos de esta naturaleza y, en general, para el cumplimiento de normas de naturaleza tributaria, puede contactarnos al siguiente correo electrónico: contacto@estudiosanabria.com.

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